El asesor jurídico de Alberto Castillo, que solicitó la libertad provisional del administrador de Alzicapital basándose en la presunción de su inocencia, tiene previsto recurrir, en principio – a falta de un estudio más profundo-, el auto denegatorio de la juez. Según ha declarado hoy este letrado a Riberaexpress «todo el mundo es presuntamente inocente» tras rechazar el riesgo de fuga al que alude la magistrada en su resolución.
La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Alzira denegó el pasado viernes la petición de libertad provisional del administrador único de Alzicapital, Alberto Castillo Martínez, que fue presentada por su asesor jurídico la semana anterior.
Transcripción de la notificación judicial:
HECHOS
PRIMERO.- Que en fecha 18 de Julio de 2011 se dictó en la presente causa auto por el que se acordaba la prisión provisional comunicada y sin fianza de Alberto Castillo Martínez.
SEGUNDO.- Por escrito de 4 de noviembre su representación procesal ha solicitado la libertad provisional del mismo. De dicho escrito se dio traslado al Ministerio Fiscal que por informe de 10 de noviembre se opuso a dicha solicitud.
RAZONAMIENTOS JURIDICOS
UNICO.- Las alegaciones vertidas por la parte recurrente en nada sirven para variar la resolución recurrida pues no se aporta ningún elemento nuevo que permita entender que los motivos que se tuvieron en cuenta en su día para adoptar la prisión provisional del inculpado hayan variado, sin que, contrariamente a lo que se alega en el escrito, se pueda entender que existe otra medida menos gravosa que asegure la presencia del imputado a los llamamientos que en la causa se le pudieran realizar, manteniéndose el evidente riesgo de fuga que se desprende esencialmente de la existencia del dinero que el propio imputado reconoce tener en varias cuentas a nombre de terceras personas, pero a su disposición, el cual podría facilitarle la huida del territorio nacional. Asimismo, el Sr. Castillo ya estuvo en paradero desconocido durante más de un mes hasta que finalmente pudo ser detenido por la policía, sin que el mismo se hubiera presentado voluntariamente y por último, según consta en el atestado, pretendió facilitar a la policía que le detuvo una identidad falsa, todo ello con el fin de eludir la acción de la justicia. En atención a lo expuesta, SSª, Juez del Juzgado de Instrucción nº 6 de Alzira y su partido,
DISPONE: No acceder a la libertad provisional de Alberto Castillo Martínez solicitada por escrito de 4 de noviembre de 2011, manteniendo la situación personal del mismo de prisión provisional sin fianza.
Notifíquese a las partes y al Ministerio Fiscal en legal forma haciéndoles saber que cabe recurso de reforma y apelación.
Así por este Auto lo manda y firma S.Sª Doy Fe
Artículo cortesía: http://www.noticiasdealzira.com/
la libertad solo se la dan a famosos o politicos o banqueros, como botin, gonzalez, etc, el mundo está hecho para los famosos.
Quisiera presentar una reflexión, por si sirve de algo. Continúo siendo un inversor no denunciante y que no ha cobrado. Que respeta la opinión de todos y que trata de aprender de todos y que nada más lejos de mi intención que polemizar.
Agradecer, en primer lugar a Riberaexpress y a su director Javier España (con quien tuve el placer de mantener una charla), su profesionalidad e imparcialidad en todo el transcurso de este caso, de todo punto encomiable.
Veo que este articulo está cedido como una colaboración y que Riberaexpres, en línea con la imparcialidad que le caracteriza se limita a transcribirlo.
Mi primera reflexión es que quien aporta este escrito pudiera tener la intención de demostrar que el caso está cerrado y que nada se puede hacer por que Alberto salga y que el caso está cada vez peor.
Nada más lejos de la realidad. Este no es sino un paso en todo el procedimiento y que el resultado era previsible y asumible. Ahora viene el recurso, si se estima necesario, que espero que así sea, a esta decisión motivándolo ,naturalmente y también un segundo recurso a una instancia superior, que se presentan ambos a l aves.
Existe otra acción que es el habeas corpus, mediante la cual Alberto debe ser informado de todo cuanto se le acusa puntualmente.
Y la tercera acción puede ser un escrito al Consejo General del Poder Judicial.
Son algunas de las cosas que se pueden hacer y que pienso que se harán, por lo que esta resolución, ni es definitiva ni mucho menos el final, sino más bien el comienzo.
Sobre lo que en este escrito se indica de que puede huir, me sorprende ,porque si esta persona estuvo un mes y medio huido, con el pasaporte en el bolsillo, dinero más que suficiente (así lo indica el mismo escrito) y con todo el no hizo ningún intento de abandonar el país, sino al contrario , se mantuvo cerca de su casa y su familia ( con lo que quedaría demostrado un arraigo más que notable) me pregunto cómo podría huir sin documentación (el pasaporte retirado) ,sin dinero, (las cuentas bloqueadas), el arraigo demostrado y una orden de presentarse al juzgado periódicamente. Lo del elevado riesgo de fuga me parece un eufemismo más que traído por los pelos.
Él lo del DNI falso, creo recordar que esta persona no falsifico un documento de identidad, si no simplemente llevaba un DNI de otra persona, cosa que a mi entender continua sin ser un delito. En fin, alguien tendrá más luces y me dirá.
Me comentan que se están recogiendo bastantes renuncias a presentarse como denunciantes por parte de muchos que así lo hicieron y constan en el sumario y que le solicitud por parte del juzgado de presentación de documentación demostrativa y ratificación de la denuncia, por parte de quienes denunciaron, no está teniendo casi efecto y solo dos o tres han aportado el contrato y nada más (estoy recibiendo muchas llamadas de denunciantes a este efecto preguntando como salir de ahí). El contrato solo puede indicar impago y no estafa.
Como he dicho al inicio, esto no es más que una reflexión por si es de alguna utilidad, sin pretender molestar a nadie. Respeto las opiniones de todos estén o no de acuerdo con las mías y me disculpo por la extensión del escrito.
Agradezco de nuevo a Riberaexpress por su buen hacer periodístico.
Gracias Miquel por tu comentario. La noticia vista a golpe de titular resulta contundente y con la información que aportas es al menos cuestionable y no es el final del caso más bien el principio. Pienso que Alberto no se fugó le obligaron a salir huyendo y eso no parece importar y ahora, cuando objetivamente y como bien describes hay nulas posibilidades de fuga (¿adonde va sin pasaporte y sin dinero?), se le dice que no, no lo comprendo.
Primero, en el dni falso si que figuraba su foto lo que cambiaban eran los datos, luego que si que demostro una conducta dolosa.
Segundo, no hay ninguna prueba de que nadie como el sostiene le obligase a abandonar su domicilio.
Tercero, no se que arraigo tiene cuando no tiene absolutamente ni un domicilio, ni el contrato de alquiler, ni el coche, a su nombre.
Hola Inversor.No trato de polemizar y respeto tus opiniones, pero discrepo de ellas.En DNI no estaba su foto,en el atestado consta unicamente que el DNI era de otra persona, lo cual nunca ha sido delictivo.(esto es un hecho probado)
Nadie tiene que obligarle a abandonar el domicilio y una persona es libre de salir y entrar en su casa a su gusto. Lo lamentable es que la misma noche que salio de ella, unas personas entraron (esto consta a la policia ) rompiendo el cristal de una ventana y a las 48 horas de haber abandonado su domicilio aparece una orden de busca y captura para todo el territorio Schengen. Y a las 48 horas de irse ni se sabe la gente que entro en su casa.Todos tenemos el derecho a que nuestra intimidad sea preservada.
Tiene todo el arraigo dado que su hermana y su padre residen en Valencia y el nunca se alejo de este entorno. Tenia contrato de alquiler y tenia un coche asi como bienes materiales que han desaparecido y asi consta en una denuncia a la policia.
No es mi intencion polemizar como te he dicho al principio ,pero si aclarar cosas reales y sabidas.
Hola, inversor. Desconozco el caso del DNI y de abandonar su domicilio. Si Miquel miente, alguien debería dar datos concretos que contradigan sus informaciones, y creo que hasta ahora nadie lo ha hecho.
En cuanto al arraigo, no vivo en Alzira ni conozco personalmente a Alberto, pero por lo que me han contado, lleva bastantes años viviendo y trabajando allí. Dices que no tiene contrato de alquiler ni coche a su nombre. Supongo que estará a nombre de su empresa o de alguno de sus trabajadores, como ocurre en miles de empresas en España. Hay un multimillonario llamado Amancio ______, propietario de una enorme empresa textil que empieza por Z, con tiendas repartidas por todo el mundo que no figura como propietario de ellas. La propietaria es una SICAV (Sociedad de Inversión de Capital Variable), de la que él es partícipe. Hay miles de casos como ése, y nadie les discute el arraigo. Pero entiendo que hay una grandísima diferencia: ellos son poderosos, y Alberto no. Bajo mi humilde opinión, precisamente por eso ha pasado lo que ha pasado.
Por favor, danos argumentos sólidos (tú o cualquier otra persona) a los que no nos tragamos el cuento del riesgo de fuga si Alberto sale.
Gracias, respeto todas vuestras opiniones, a favor y en contra. Y gracias a Riberaexpress.
El riesgo de fuga existe lo quieras o no , alziamigo .
Miguel, por primera el hecho de llevar un DNI que no es tuyo tenga foto o no, como tu quieras, e intentar falsificar tu personalidad, es un delito aquí, en la china y cualquier sitio.
La noche que salio de su casa nadie rompio ninguna ventana, ni ningun cristal, ni ninguna puerta. muestra el documento policial donde lo hayas leido, si esto es verdad.
lo que se denuncio fue su desaparición ya que en ese momento no se sabia si se habia fugado por el mismo o le habia pasado algo y sin denuncia la policia no se pone a buscar.
Alziamigo, que argumento más solido » Amancio… es poderoso y alberto no «, te lo voy a explicar que algo me he documentado, lo que pasa es que alberto tenia deudas con la seguridad social y le podian embargar por eso no tenia nada a su nombre.
Doy las gracias a Ribera Express, por el cambio de titular de esta noticia. S e ve desde otra perspectiva,..mucho mas positiva y abierta.dejando abiertas las posibilidades ,el anterior bajo mi punto de vista era sentenciantemente negativo
. gracias otra vez Ribera.
Gemma que perspicaz, no me habia dado cuenta que el titular no era el mismo. Pienso que Ribera ha acertado cambiandolo. Este está más ajustado a la realidad y abierta, es verdad, porque con el otro parecía todo acabado y en verdad, no es asi, quedan muchas posibilidades. Se ha jugado la primera mano y se ha perdido, pero también es verdad que era la más facil de perder por que el trabajo del abogado igual no ha terminado de dar sus frutos y se sigue trabajando tanto en «descapitalizar» la denuncia por una cosa que no era y que creo es la verdadera solución de todo esto. Dejar tan miniminazada la denuncia por retirada de la misma, que la jueza constate que alberto no estafó sino que se retrasó y que terceros movieron los hilos para que el hombre tuviera que huir, no que fugarse, como tantas veces hemos dicho. Un abrazo Gemma.
Hola inversor, respeto tud opiniones y pienso que estas informado.No voy a polemizar, solo una pequeña aclaracion de lo quedice la ley en lo referente al DNI y su uso.
«El artículo 401 del Código Penal vigente, de contenido idéntico al 470 del derogado,
castiga con las correspondientes penas al «que usurpare el estado civil de otro». El verbo usurpar en su acepción gramatical significa quitar a uno lo suyo y en su más amplia, arrogarse la dignidad, empleo u oficio de otro, esto es fingir su personalidad para usar de
los derechos que le pertenecen.Según sostiene la doctrina, este delito está constituido por
la ficción del agente de ser una persona ajena con ánimo de usar de sus derechos y por ello, no es bastante para la existencia de tal delito arrogarse una personalidad ajena asumiendo el nombre de otro, ya que, como ha declarado la jurisprudencia, es condición precisa que la sustitución de persona se lleve a cabo para usar de sus derechos y acciones
(sentencias 15 de diciembre de 1982 y 26-3-1991).» «Del denominado delito
doctrinalmente se han dado muchas definiciones, la más antigua de ellas entiende que
«usurpar el estado civil de una persona es fingirse ella misma para usar de sus derechos, es suplantar su filiación, su paternidad, sus derechos conyugales, es la falsedad, aplicada a la persona y con el ánimo de sustituirse por otra real y verdadera»; añadiendo que «no es bastante, para la existencia del delito, con arrogarse una personalidad ajena, asumiendo el
nombre de otro para un acto concreto, por lo expresado no es suficiente el hecho de enseñar el DNI e insistir que se es otra persona»
En lo relativo a la desaparicion,es cierto que su hermana denuncio esta dos dias despues de que abandonara su domicilio,por presiones de los mismos empleados que la fueron a buscar al trabajo y la llevaron a una oficina sita en Valencia, pero tambien es cierto, y le consta a la policia desde el primer momento, que la misma noche de su desaparicion,se rompio el cristal de una ventana y en la casa entraron mas de una persona (esto investigacion continua abierta) y sustrajeron varias cosas que no voy a detallar, asi como que encontraron las llaves de otro domicilio de Alberto al que entraron tambien sustrayendo y destruyendo documentacion. Puedes comprobar el estado que estaba la vivienda solo hablando con el arrendador de la misma.
Que nadie se ha preguntado de quien es el ordenador que se encontro en su casa y que no pertenece a Alberto.
Ya te he dicho que no es mi intencion polemizar. Soy un inversor que no ha denunciado ni cobrado,pero me saber donde estoy y informarme, pues desde hace mucho aprendi que nada hay mas engañoso que lo que se ve con los ojos. En este caso llevo 4 meses buscando informacion y tratando de entender que paso y si te aseguro que es cierto que la realidad supera la ficcion mas enloquecida.
No voy a aportar mas cosas porque esto no me corresponde a mi hacerlo ni puedo hacerlo.
Reitero que respeto tu opinion y se que tu inquietud es tambien la de buscar luz en todo esto, lo que es de todo punto encomiable
Gracias a Riberaexpress porque estos ultimos dias se esta volcando en informar.
Un saludo
Pero además, él no dijo que era otra persona. Él se identificó como Alberto, y en el DNI no estaba su foto, era un DNI de otra persona, simplemente, pero él se identificó como Alberto Castillo, como ya informó en su día Ribera Express que consta en las diligencias policiales.